SENCILLOS PASOS PARA COMPRAR TU SOAT A LA FIJA
PASO 1
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PASO 3
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PASO 4
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Seguro para daños a terceros
Cubre los daños materiales causados a terceros en accidentes de tránsito (choque simple)
Poliza de accidentes personales
Cubre muerte accidental, vidrios laterales, pelicula de seguridad, farolas y stops.
Resumen de tu compra:
| Inicio de vigencia | 05/12/2025 |
| Fin de vigencia | 04/12/2025 |
| Valor SOAT | $0 |
| Tarifa transaccional | |
| Total a pagar: | 0 |
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Términos y Condiciones
Seguros Mundial y Finansera S.A.S., son los responsables del tratamiento de los datos personales, los cuales son recolectados para la prestación de servicios y ofrecimiento de productos y para las finalidades dispuestas en sus Políticas de Privacidad; las cuales puede consultar en: https://www.segurosmundial.com.co/proteccion-de-datos/ y https://misegurodigital.com/DocTerminosCondiciones/Aviso-de-privacidad-misegurodigital.pdf
Dentro de estas encontrará los derechos que le asisten como titular de sus datos y las maneras que tiene para ejercerlos.
Es un documento que te ayudará en el manejo del producto que adquiriste, donde podrás conocer sus coberturas, beneficios, proceso de reporte de siniestros y demás información clara y transparente a tu alcance.
El SOAT (Seguro Obligatorio de accidentes de Tránsito) es un seguro que te protege en caso de un accidente de tránsito, eso sí, sin importar el vehículo que tengas, porque es para todo tipo de vehículos.
Bueno, eso depende del tipo de vehículo que tengas. Puedes conocer el valor de tu SOAT en nuestra sección de tarifas: https://soatmundial.com.co/TarifarioSOAT.pdf
Tu SOAT cubre los gastos de transporte y movilización de las víctimas, los gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, la incapacidad permanente, muerte de la víctima y los gastos funerarios.
El SOAT no cubre ningún tipo de daño material causado en un accidente de tránsito, tampoco cubre ningún tipo de arreglo o reparación de tu vehículo. Pero, recuerda que puedes complementar tu SOAT con la póliza de seguro Tercero – Esencial.
A tu Celular llegara un Mensaje de Texto (SMS), en donde se notificará la compra de tu SOAT e indicándote el link en donde lo puedes descargar: https://productos.mundialseguros.com.co/ Posterior a esto te llegara un archivo en formato PDF a tu correo electrónico con la póliza que adquiriste.
Tan fácil como llevarlo siempre en tu teléfono y como seguro nunca lo dejas en casa, en él puedes llevar una copia de tu SOAT digital en Google Drive, si usas Android, y en iBooks, si usas iPhone.
- Evitas multas o sanciones
- Puede descargar la póliza cuantas veces desees
- Estás amparado en caso de accidente de transito
- Peatones
- Conductor del vehículo
- Pasajeros
* En caso de muerte los beneficiarios de ley
Tenemos aliados de amplia experiencia en el mercado de seguros, La cotización y la emisión de la póliza la realiza directamente Seguros Mundial.
Los términos y condiciones de los montos de cobertura de tu producto los puedes descargar el siguiente link: https://soatmundial.com.co/terminos-y-condiciones/
La póliza de SOAT no podrá ser revocada de acuerdo con lo establecido en el Decreto 056 de 2015, ya que es un seguro obligatorio para los propietarios de vehículos en Colombia.
Para acceder al descuento que plantea esta ley, el cual equivale al diez (10%) de la prima de seguro, tu vehículo debe ser impulsado exclusivamente por uno o más motores eléctricos, y no contar con motor de combustión interna. No aplica para vehículos híbridos.
Para acceder al descuento que plantea esta ley, el cual equivale al diez (10%) de la prima de seguro, tu vehículo debe ser dedicado a gas, es decir que el motor ha sido diseñado y fabricado para operar exclusivamente con Gas combustible. No aplica para vehículos convertidos o híbridos.
Si en su compra no fue aplicado alguno de los descuentos mencionados y cree que tiene derecho al mismo, lo invitamos a comunicarse a con nuestras líneas de atención (601) 327 4712 (601) 327 4713 y línea nacional 01 8000 111 935.
- Cualquier reclamación o duda relacionada con la póliza emitida por Seguros Mundial, deberá ser comunicada directamente a Seguros Mundial. El Usuario/Consumidor se podrá comunicar a las siguientes líneas de atención: 1) Línea de atención en Bogotá: (601) 3274712 – (601) 3274713; 2) Línea de atención a nivel nacional: 01 8000111935; 3) https://segurosmundial.my.site.com/fspq/s/
El asegurado deberá comunicarse directamente con Seguros Mundial. Por medio de las siguientes líneas de atención:
- Entrar a la página web de Seguros Mundial en el siguiente link https://soatmundial.com.co/tramites-soat/
- Haz clic en algunas de las siguientes coberturas.
- A continuación, aparecerá un listado de documentos. Haz clic en el botón "descargar" FURPEN/FURTRAN/FURIPS
- La muerte o incapacidad permanente debe ser a consecuencia directa de un accidente de tránsito.
- La muerte tiene una cobertura de 750 SMLDV (Salarios mínimos legales diarios vigentes).
- La incapacidad permanente tiene una cobertura de hasta de 180 SMLDV (Salarios mínimos legales diarios vigentes).
Los documentos podrán ser radicados en cualquier sucursal de Seguros Mundial a nivel nacional y en Bogotá, en la dirección: Carrera 13 A # 29 – 30, Local 101, o al correo electrónico: gestionmundial@iq-online.com
La respuesta se dará en veintiocho (28) días calendario a partir de la presentación de los documentos completos. La respuesta puede ser:
Pago: Caso en el cual, la compañía se comunicará con usted para notificarle el pago de su indemnización y coordinar el medio a través del cual lo recibirá.
Objeción Parcial: Se enviará una carta con la explicación detallada de los documentos faltantes para acceder a la reclamación.
Objeción total: Se enviará una carta con la explicación detallada de por qué lo reclamado no cuenta con cobertura.
Es nuestro producto complemento del SOAT, para respaldar a nuestros asegurados en la reparación de los Daños Materiales que haya causado a otro(s) en un accidente de tránsito, donde resulte civilmente responsable.
Adicional cuenta con una oferta de servicios de asistencias que beneficiarán al cliente en caso de requerirse.
Este seguro aplica para todos los propietarios de motocicletas y vehículos livianos de servicio y uso particular. Así mismo, se incluyen vehículos de servicio Público que No sean de Trasporte de Pasajeros como (Furgón, Camión, Volqueta, Remolcador)
Con este seguro se da cumplimiento a las leyes 2161 y 2251 sobre la atención ágil de choques simples o accidentes de tránsito donde se ocasionan daños materiales a terceros.
La cobertura de tu póliza será de un (01) año desde el momento en que adquiriste el seguro.
- Proteger el patrimonio del asegurado
- No requerimos inspección del vehículo
- Proceso de Emisión ágil
- Proceso ágil de atención de siniestros
- Beneficio: Servicios de Asistencias
Seguros Mundial cubre la responsabilidad civil extracontractual de Daños Materiales en que, de acuerdo con la ley, incurra el asegurado, al conducir el vehículo asegurado, o cualquier otra persona que conduzca dicho vehículo con su autorización, o cuando el vehículo se desplace sin conductor del lugar donde ha sido estacionado, proveniente de un accidente o serie de accidentes resultado de un solo hecho y ocasionados por el vehículo asegurado.
Con esta cobertura se indemnizarán los perjuicios patrimoniales, siempre y cuando se encuentren debidamente acreditados, y que la responsabilidad respecto de estos no provenga de preacuerdos y/o negociaciones efectuadas por el asegurado, que no hayan sido previamente autorizados por Seguros Mundial
Este producto ÚNICAMENTE cubre los daños materiales a terceros, por lo que no son objeto de cobertura las lesiones o muerte a los terceros afectados, así como, tampoco están cubiertos los daños causados al vehículo asegurado. No son objeto de cobertura los vehículos de servicio público o especial de transporte de pasajeros.
Se aclara que no se cubre:
- Cuando el vehículo se encuentre con sobrecupo, tanto de carga como de pasajeros
- Cuando el vehículo se destine o se emplee para un uso distinto al especificado en esta póliza, o se emplee o destine a la enseñanza de conducción, servicio público, o participe en competencia o entrenamiento de cualquier índole.
- Cuando el vehículo sea alquilado o arrendado, salvo el tomador, asegurado o beneficiario sea una compañía de leasing legalmente constituida, sin embargo, el arrendatario no podrá a su vez, arrendar el bien.
- Cuando se transporten mercancías azarosas, inflamables o explosivas y estas sean la causa del siniestro.
- Pérdidas o daños cuando el vehículo asegurado sea inmovilizado, decomisado, aprehendido o retenido por acto de autoridad, entidad o persona designada para mantener la custodia del vehículo.
- Cuando el vehículo asegurado haya ingresado ilegalmente al país, su matrícula sea fraudulenta, su posesión resulte ilegal o haya sido objeto de un ilícito, independiente que el asegurado conozca o no de estas circunstancias.
- Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona a la cual nunca le fue expedida, una licencia de conducción por la autoridad competente, que porte licencia, pero la misma no aparece registrada como expedida por la autoridad competente, que se encuentre suspendida por acto de autoridad, que no corresponde a la categoría o clase exigida para conducir el vehículo o que no lo autoriza para conducir vehículos por sus limitaciones físicas.
- Cuando se presenten documentos falsos o adulterados, por parte del asegurado, beneficiario o persona autorizada en la reclamación o comprobación del derecho al pago de determinado siniestro.
- Estafa, abuso de confianza, y cualquier otro delito contra el patrimonio diferente del hurto, de acuerdo con las definiciones del código penal.
- Pérdidas o daños cuando el vehículo no se movilice por sus propios medios o haga parte de una carga, salvo cuando sea remolcada por un vehículo especializado después de ocurrido un accidente o por causa de un desperfecto mecánico.
- Indemnizaciones de multas, los gastos y las costas erogadas por el asegurado o conductor autorizado en relación con las medidas contravencionales, aunque estas hayan sido tomadas o realizadas a consecuencia de un evento amparado por la póliza
- Pérdidas y/o daños causados, directa o indirectamente, por bienes transportados en el vehículo asegurado y sobre los cuales el asegurado o conductor autorizado, su cónyuge o compañero (a) permanente o los parientes de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o parentesco civil o empleados, tengan la propiedad, posesión o tenencia.
- Lesiones o muerte causadas a un tercero u ocupante del vehículo derivadas de un accidente de tránsito, esté o no en movimiento el vehículo asegurado o mientras está en reparación.
- Lesiones o muerte a personas que en el momento del accidente se encontraren reparando o atendiendo el mantenimiento o servicio del vehículo asegurado.
- Pérdidas y/o daños causados, directa o indirectamente, por bienes transportados en el vehículo asegurado.
- Daños, lesiones o muerte que se generen, cuando el vehículo se encuentre bajo la conducción de personas no autorizadas por el asegurado.
- Lesiones o muerte causadas en el accidente al cónyuge o compañero(a) permanente o los parientes de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o parentesco civil o empleados del asegurado o conductor autorizado, vayan o no dentro del vehículo asegurado.
- Cuando el hecho que da origen a la reclamación haya sido ejecutado como consecuencia, con ocasión y/o concomitante al amparo que cubre situaciones creadas o derivadas por:
a) Incendio, explosión, terremoto, temblor, erupción volcánica, tifón, huracán, tornado, ciclón, fuego subterráneo, inundación, rayo u otra convulsión de la naturaleza.
b) Guerra internacional, civil o actos perpetrados por fuerzas extranjeras, actos mal intencionados de terceros (AMIT), hostilidades u operaciones bélicas, rebelión, sedición, usurpación y retención ilegal de mando
c) Asonada, motín o conmoción civil o popular, huelga, conflictos colectivos de trabajo o suspensión de labores y/o movimientos subversivos. - Todo tipo de pérdidas, daños o perjuicios extrapatrimoniales y morales.
(Ver tabla de planes en el documento oficial)
Los siguientes servicios son derivados de un evento o accidente cubierto en este seguro y deben ser solicitados a través de los siguientes canales:
- A través de la APP LEONCY, que puedes descargar en tu teléfono móvil o
- Línea de Atención Nacional 01 8000 118820
Asesoría Jurídica en actuaciones y procesos judiciales, ante las diferentes instancias judiciales y administrativas a nivel nacional que requieran el servicio de abogados que surjan con ocasión de las distintas relaciones jurídicas, sin incluir la asistencia en sitio por el accidente de tránsito, choque simple ocurrido, en el cual se encuentre involucrado el asegurado.
Se incluye asistencia Telefónica al momento que el asegurado la requiera para guiarlo en los diferentes trámites al momento del accidente de tránsito, tales como canales de atención, dudas o procedimientos.
- Levantamiento Digital del Informe de Accidente: Elaboración de los planos a escala del accidente de tránsito en las ciudades principales.
- Centro Nacional de Conciliación: Incluye las audiencias de conciliación por accidentes de tránsito solo Daño, que por ley se requieran, las cuales se realizaran en el Centro Nacional de Conciliación del transporte (CNC), para lograr en el menor tiempo posible una indemnización justa, tanto para nuestro asegurado con el tercero afectado o nuestro asegurado como tercero afectado. (Recobros) con la presencia de abogados por parte de la compañía Aseguradora.
- Acompañamiento en Proceso de Recobro: En caso de identificarse clara responsabilidad de un tercero en el accidente de tránsito ocurrido con daños materiales, el asegurado podrá solicitar ante el Centro Nacional de Conciliación del transporte (CNC) la audiencia para recuperar de la entidad aseguradora o del responsable, el importe correspondiente a la reparación de los daños. En esta audiencia contará con la presencia de un abogado de la Compañía aseguradora, quien le brindará la asesoría respectiva
Importante
Ten presente que si no ha llegado tu asistencia en sitio y las autoridades de tránsito indican que debes movilizar el vehículo. Puedes tomar el registro fotográfico, teniendo en cuenta:
- Realizar tomas fotográficas que permitan identificar los dos vehículos involucrados en el accidente, así como la posición en la que quedaron inmediatamente ocurrió el siniestro.
- Realizar tomas fotográficas de cada uno de los vehículos involucrados en las cuales se puedan identificar sus diferentes características y costados afectados.
- Registrar tus daños y los del tercero de manera precisa, al igual que los documentos de los involucrados.
Es importante informarte que puedes cancelar tu producto, siempre y cuando no esté afectado con un siniestro o se encuentre un proceso jurídico en curso, cualquier reclamación o duda relacionada con la póliza emitida por Seguros Mundial, deberá ser comunicada directamente a Seguros Mundial. En donde podrás comunicarte a las siguientes líneas de atención:
- Línea de atención en Bogotá: 658 0702
- Línea de atención a nivel nacional: 01 8000 11 88 20 Opción 1
- https://segurosmundial.my.site.com/fspq/s/
Es importante mencionar que la mora en el pago de la póliza acarrea incumplimiento al contrato de seguro, en consecuencia, esto produce la cancelación de la póliza.
El asegurado deberá comunicarse directamente con Seguros Mundial. Por medio de las siguientes líneas de atención:
- Línea de atención en Bogotá: 658 0702
- Línea de atención a nivel nacional: 01 8000 11 88 20 Opción 1
- https://segurosmundial.my.site.com/fspq/s/
SEGUROS MUNDIAL pagará la indemnización a la cual está obligada, dentro de los veinte (20) días siguientes en que se acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida, para lo cual el asegurado o beneficiario podrán aportar documentos tales como los que se enuncian a continuación, o utilizar los medios de prueba permitidos en la ley.
SEGUROS MUNDIAL podrá realizar inspección del vehículo afectado para los fines de la indemnización.
Para demostrar la cuantía y la ocurrencia del siniestro el asegurado o beneficiario podrá entre otros, presentar:
- Carta de reclamación formal.
- Si el daño es a otro vehículo, indicar el valor de las pretensiones, que debe estar soportado, con dos (2) cotizaciones de mano de obra y repuestos, expedidos por talleres o concesionarios autorizados.
- Si se trata de otros bienes, dos (2) cotizaciones de reparación.
- Si el bien afectado no es reparable, se pueden adjuntar dos (2) cotizaciones de otro bien de similares características.
- Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo o matrícula o certificado de libertad o propiedad del bien afectado.
- Fotocopia del documento de identificación del propietario del bien afectado, del reclamante o del beneficiario(s), presentar Cédula de Ciudadanía o la Tarjeta de Identidad para el caso de menores de edad, si quien reclama lo hace en representación del afectado debe adjuntar poder autenticado y con presentación personal ante Notario, con expresas facultades.
- Versión del afectado sobre los hechos.
Recuerda que al dar aviso inmediato en el lugar del accidente contarás con el servicio de asistencia de esta póliza en sitio o telefónica, que se encargará de realizar o asesorarte para la realización de todo el proceso de recolección de información y material probatorio para la verificación del accidente mediante el uso de herramientas técnicas y tecnológicas, además, con el uso de esta asistencia se entiende cumplido el deber de avisar a SEGUROS MUNDIAL, haciéndote más fácil y ágil el proceso.
¿CÓMO PRESENTO MI RECLAMACIÓN?
Si diste aviso inmediato del siniestro en el lugar del accidente y la asistencia realizó todo el proceso de recolección de información y material probatorio para la verificación del accidente no te preocupes pues ya se entiende cumplido el deber de avisar a SEGUROS MUNDIAL.
Si no se utilizó la asistencia, el asegurado deberá avisar a Seguros Mundial dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de ocurrencia del accidente. Para presentar la reclamación a la compañía, el asegurado puede descargar, imprimir y diligenciar el formulario correspondiente al bien del tercero afectado, puede ser un vehículo o un Mueble/Inmueble, en el siguiente link:
https://www.segurosmundial.com.co/personas/seguros-personales/movilidad/tercero-esencial/
Sección Descargables
• AVISO DE SINIESTRO - Daños materiales Vehículos
• AVISO DE SINIESTRO - Daños materiales Mueble / Inmueble
Recuerda que al dar aviso inmediato en el lugar del accidente contarás con el servicio de asistencia de esta póliza en sitio o telefónica, que se encargará de realizar o asesorarte para la realización de todo el proceso de recolección de información y material probatorio para la verificación del accidente mediante el uso de herramientas técnicas y tecnológicas, además, con el uso de esta asistencia se entiende cumplido el deber de avisar a SEGUROS MUNDIAL, haciéndote más fácil y ágil el proceso
- La reclamación la debe realizar el propietario del vehículo accidentado, quien generó daños a las latas del vehículo o mueble/inmueble de un tercero, o estar autorizado por el propietario mediante poder autenticado.
- Se debe tener en cuenta que la figura llamada deducible, descrita en la Condición 5. de este documento, monto que la compañía aseguradora no puede cubrir y es asumido por el asegurado
Los documentos pueden ser radicados:
- En forma física en los puntos indicados en el siguiente link:
a) Transporte Público de Pasajeros - https://www.segurosmundial.com.co/media/centro%20de%20reclamos.pdf
b) Vehículo particular o pesado - https://www.segurosmundial.com.co/media/Puntos_venta.pdf - En forma digital al correo rcpublico@segurosmundial.com.co
La respuesta se dará en veinte (20) días calendario a partir de la presentación de los documentos completos.
La respuesta puede ser: Aprobado: Realizaremos un ofrecimiento económico de acuerdo con nuestro análisis.
Una vez presentado los documentos para el pago, el mismo se realizará en máximo 10 días hábiles. No aprobado: El resultado del análisis determina que la reclamación no cuenta con cobertura y se enviará una carta con la explicación detallada.
El Tomador y los asegurados individualmente considerados, están obligados a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinen el estado del riesgo, según el cuestionario que le sea propuesto por Seguros Mundial. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por Seguros Mundial, la hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del presente contrato.
Si la declaración no se hace con sujeción a un cuestionario determinado, la reticencia o la inexactitud producen igual efecto si el Tomador ha encubierto por culpa hechos o circunstancias que impliquen agravación objetiva del estado del riesgo
Si la inexactitud o la reticencia provienen de error inculpable del Tomador, el contrato no será nulo, pero Seguros Mundial sólo estará obligada, en caso de siniestro, a pagar un porcentaje de la prestación asegurada, equivalente al que la tarifa o la prima estipulada en el contrato representen respecto de la tarifa o la prima adecuada al verdadero estado del riesgo. Si la reticencia o inexactitud provienen del Asegurado, se aplicarán las mismas sanciones respecto de su seguro individual.
Las sanciones anteriores no son aplicables si Seguros Mundial, antes de celebrarse el contrato, ha conocido o debido conocer los hechos o circunstancias sobre los cuales versan los vicios de la declaración o si, ya celebrado el contrato, se allana a subsanarlos o los acepta expresa o tácitamente.
La póliza de AP WEB te protege con ocasión de muerte accidental y te ofrece una serie de asistencias que conocerás más adelante.
MUERTE ACCIDENTAL
Seguros Mundial te cubre en caso de muerte como consecuencia directa de un accidente cubierto por esta póliza, siempre y cuando la misma ocurra dentro de los ciento ochenta (180) días calendario siguientes a la fecha del accidente.
Las indemnizaciones previstas en este amparo no se pagarán, cuando la muerte accidental sea consecuencia directa o indirecta de los siguientes hechos, o cuando ocurran en alguna de las siguientes circunstancias:
- Hernias, varices o eventraciones* u oclusiones intestinales.
- Participación en actos delictuosos o que alteren el orden público, tales como huelgas ilegales, manifestaciones públicas, asonadas, guerra, motín, insurrección o acto alguno relacionado con los mismos.
- Suicidio o tentativa de suicidio.
- Accidentes que sufra el asegurado actuando como miembro de la tripulación de cualquier aeronave en vuelo.
- Accidentes aéreos que sufra el asegurado viajando como pasajero en aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el transporte de pasajeros, o en vuelos especialmente fleteados y en general, en cualquier tipo de vuelo no regular.
- Fenómenos sísmicos o volcánicos, inundaciones o lesiones inmediatas o tardías causadas por energía atómica, fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- Participación en carreras o competencias utilizando animales, vehículos terrestres, acuáticos, aéreos o durante entrenamiento para estas pruebas.
- Por los efectos del alcohol o de drogas heroicas, alucinógenas o estupefacientes.
- Práctica profesional del toreo, artes marciales, equitación o boxeo.
- Mientras el asegurado se encuentre vinculado en las fuerzas armadas o de policía de cualquier país o autoridad nacional o internacional. En caso de que el asegurado fuere llamado a prestar servicio militar o se incorpore a cualquier cuerpo armado, Mundial Seguros le devolverá la prima de seguro correspondiente al lapso de duración de dicho servicio, liquidada a prorrata.
- Las afecciones producidas por picaduras de insectos, como, por ejemplo, malaria, tifo exan temático, fiebre amarilla.
- Actos malintencionados o dolosos de otra persona, salvo el caso que se declare por sentencia ejecutoriada como homicidio culposo o lesiones personales culposas.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas (con o sin declaración de guerra), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, conmociones civiles que revelan el carácter de rebelión popular, poder militar o usurpación.
- Actos de terrorismo
PLAN PLATA: (Ver tabla de planes en el documento oficial)
La emisión de las pólizas lo realiza SEGUROS MUNDIAL.
Procedimiento Ágil de Reclamación
Aviso del Siniestro:
- El (los) beneficiario (s) deberá (n) radicar el siniestro a través del siguiente link: https://www.segurosmundial.com.co/personas/seguros-personales/accidentes-y-salud/ap-web/
- Haz clic en Radica aquí tu siniestro
- En caso de alguna inquietud o novedad podrás descargar el "Manual de Radicación Indemnización" el cual está ubicado en la parte superior derecha y sigue los pasos.
- Deberás anexar los documentos necesarios para acreditar el siniestro y demostrar la calidad de beneficiario
- Una vez realizado el proceso, una copia del acta será enviada a tu correo electrónico registrado, si no recibes el acta, revisa tu bandeja de correo no deseado.
La respuesta se dará en quince (15) días hábiles a partir de la presentación de los documentos completos. La respuesta puede ser:
PAGO: Caso en el cual, la compañía se comunicará con usted para notificarle el pago de su indemnización y coordinar el medio a través del cual será recibido.
OBJECIÓN TOTAL: Se enviará una carta con la explicación detallada del por qué lo reclamado no cuenta con cobertura.
- Carta formal de reclamación relatando los hechos.
- Copia del registro civil de defunción
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía o tarjeta de identidad y original del registro civil de nacimiento del asegurado, según corresponda (mayor o menor de edad).
- Copia de la historia clínica completa.
- Formato SARLAFT debidamente diligenciado por el o los beneficiarios.
- Copia del acta de levantamiento del cadáver o copia del informe de necropsia para el caso de muerte accidental.
- Documentos que acrediten parentesco.
- Copia autentica del registro civil de nacimiento de los beneficiarios menores de 7 años, copia de la tarjeta de identidad para los menores de edad, ciudadanía para los mayores de edad.
- Copia autentica del registro civil de matrimonio o declaración extra-juicio en caso de unión marital de hecho.
- Certificación bancaria del reclamante.
La compañía se reserva el derecho de solicitar a su consideración documentos adicionales, en caso de que así lo amerite la reclamación.
- Comunícate a las líneas de atención en Bogotá 3274712 – 3274713, línea nacional 018000111935 o #935 desde operadores Claro, Tigo o Movistar opción 2 (Asistencias), antes de cualquier arreglo que puedas realizar, nuestros asesores te indicarán los medios para el envío de los soportes.
- Haremos la búsqueda de la pieza y/o servicio requerido, en caso de no contar con la pieza procederemos con el reembolso.
- Deberás presentar los siguientes requisitos:
• Registro fotográfico donde se evidencien los hechos y la placa del vehículo, si deseas adjuntar video lo podrás hacer.
• Copia de la cedula del asegurado.
• Tarjeta de propiedad del vehículo.
• Carta contando los hechos presentados, donde menciones tiempo, modo y lugar.
• Factura (s) que se encuentre bajo la norma (solo aplica para reembolso)
Nota: La asistencia dependerá del plan elegido y te brindaremos respuesta en 15 días hábiles para arreglo o reembolso.
ACCIDENTE: es el acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas independientemente de su voluntad.
AMPARO: cobertura, eventos por los cuales la aseguradora será responsable en caso de realizarse.
ASEGURADO(A): Es la persona natural que puede resultar afectada por el riesgo de muerte accidental.
CERTIFICADO INDIVIDUAL DE SEGURO: Es el certificado expedido a cada uno de los Asegurados, en el que se registran o individualizan y constan las condiciones particulares de la cobertura otorgada, tales como datos personales, la Fecha de Inicio de la Vigencia de la cobertura, la suma asegurada, la prima, etc.
PRIMA: Es el precio pactado por el seguro contratado.
SINIESTRO: Es cuando sucede lo que se está amparando en la póliza y es motivo de indemnización, por ejemplo, un robo, un choque, una enfermedad o accidente, un incendio, etc.
TOMADOR: Es la persona natural o jurídica que contrata el seguro y se hace responsable del pago de la prima.
